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Proponen revocar lineamientos del INE para candidaturas indígenas y LGBT+

Oaxaca. Ya que el acuerdo INE/CG527/2023 no establece un número determinado de postulaciones para cada uno de los cinco grupos en situación de vulnerabilidad, el Observatorio Estatal de Ciudadanas para la Participación Política de las Mujeres Indígenas y Afromexicanas presentó un juicio contra el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE). 

En dicha denuncia interpuesta ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se específica que el acuerdo no establece los lineamientos para la postulación de candidaturas de personas indígenas y afromexicanas, jóvenes, con discapacidad, LGBT+ y adultos mayores. 

El Observatorio señala que esto va en contra del principio de certeza, y por ende se permite a los partidos políticos favorecer a un grupo sobre otro, impidiendo que se materialice la igualdad sustantiva, violentando los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad y no discriminación, por eso, dice, con el juicio ciudadano ante la Sala Superior del TEPJF se busca garantizar los derechos político-electorales de los pueblos indígenas y afromexicanos. 

Ante lo anterior, el Observatorio Estatal de Ciudadanas para la Participación Política de las Mujeres Indígenas y Afromexicanas exigió que sea revocado ese acuerdo del INE y se emita uno diverso en el que se “maximicen” los derechos políticos de las personas de los pueblos indígenas y demandan a los partidos políticos cumplir con las medidas especiales. 

A la vez, advirtió que vigilará que órganos garantes del proceso electoral hagan cumplirlas acciones afirmativas en cuanto a la representación política de mujeres indígenas y afromexicanas. 

Y manifestó su preocupación ante la crisis institucional del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) en el marco del inicio de este proceso electoral, dada la suspensión temporal de Elizabeth Sánchez González como presidenta. 

“Ella es la primera mujer en ostentar dicho cargo y que el órgano de control interno realizó una acción que no forma parte de sus atribuciones”, sostuvo. 

De igual manera, aseguró que la suspensión temporal de la presidenta del IEEPCO es violencia institucional con el sólo hecho de que el consejero presidente provisional, Alejandro Carrasco, sea hombre y porque viola los principios que establecen que cuando una mujer sea removida de un cargo, su suplente deberá ser del mismo sexo. 

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