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AMLO promulgó decreto para aumentar penas por abuso a menores

El presidente Andrés Manuel López Obrador promulgó el jueves una reforma al Código Penal Federal para incrementar la pena por abuso sexual a casi 30 años cuando se cometa contra un menor de 15 años de edad. 

Con esta iniciativa de Ley se busca modificar el Artículo 261, el cual establece una pena de seis a 13 años de prisión, que se incrementaría hasta 19 años y medio, cuando el delito sea con violencia. 

Los cambios aprobados por el Congreso de la Unión y promulgados por el Ejecutivo, y de acuerdo con el Artículo 266 Bis del Código Penal Federal, la sanción podría ir hasta casi 30 años de prisión.  

Este incremento de la pena será aplicada a quien cometa abuso sexual contra una o un menor en tres casos: La primera es cuando se cuenta con la intervención directa o inmediata de dos o más personas; la segunda es cuando lo realice el ascendiente contra su descendiente, por ejemplo el hermano contra su colateral, el tutor contra su pupilo o por el padrastro o amante de la madre del ofendido en contra del hijastro.

El tercer caso en el que aumente el castigo es si lo realiza una persona que desempeñe un cargo o empleo público, por lo que también será destituido o suspendido por el término de cinco años. 

Además, como parte de dicha reforma, al ser encontrado culpable se perderá la patria potestad o la tutela sobre la víctima. 

A su vez, el presidente López Obrador promulgó una reforma más al Código Penal Federal para subir hasta nueve años de prisión la pena por violencia familiar en contra de personas vulnerables. 

De acuerdo con el Artículo 343 Bis, se comete el delito de violencia familiar cuando se lleven a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial.

Asimismo, lo cometerá quien agreda a una persona con la que tiene parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato o una relación de pareja dentro o fuera del domicilio familiar. 

Con esta reforma, se modificaría la pena actual que va de seis meses a cuatro años de cárcel, misma que podría incrementarse hasta los seis años de prisión, cuando la agresión se cometa contra una mujer embarazada, una persona adulta mayor o una persona con discapacidad. 

Con información de Debate 

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